7 de abril de 2011

Acceso al Suelo y la Vivienda

Introducción

Una política urbana debe procurar y resguardar el bienestar común, por eso las decisiones sobre el destino del suelo y su futura transformación urbanística deben ser propias de los poderes públicos. El Estado debe intervenir en la regulación de uso del suelo, para encauzar el crecimiento de las ciudades y ordenar el desarrollo territorial.
Al mismo tiempo no puede pensarse en una política de vivienda, especialmente de carácter social, sin pensar en una política de suelo.
Para comenzar a garantizar el derecho a la ciudad es necesario establecer políticas para garantizar el acceso al suelo ampliando la oferta de tierra urbana privada en el mercado y destinando la tierra fiscal para implementar políticas para las familias de bajos recursos.
Para garantizar el acceso a una vivienda digna, el estado debe recurrir a otras alternativas que no solo sean la construcción de viviendas, como por ejemplo políticas crediticias, acceso a lotes con servicios, etc.

Propuestas

Creación del Ministerio de Vivienda y de Acceso al Suelo 

Establecerá e implementará la política del Estado Provincial en materia de acceso al suelo y la vivienda y apoyará a gobiernos municipales y comunales en la formulación de políticas territoriales y de uso del suelo y en el control del proceso de desarrollo urbano.
Se creará un Organismo con autarquía que facilite y agilice  los procedimientos de contratación, de adquisición o de obtención de financiamiento para la construcción de nuevas viviendas. Permitirá acortar los tiempos licitatorios (provisión de materiales, maquinarias, contratación empresas, mano de obra técnica y profesional) agilizar la compra de tierras, adquisición de inmuebles)
Se establecerá un Fondo de Emergencia con recursos del presupuesto provincial que posibilite la construcción de planes de vivienda en cuatro años disminuyendo el déficit habitacional.


Banco de Tierra

Este instrumento tiene como objetivo permitir disponer de tierras frente a la demanda de suelo público. Estará integrado por los inmuebles actualmente de propiedad provincial, más aquellos que se reciban o adquieran con objeto de constituir una reserva de tierras, destinada a:
a) construcción de viviendas de programas municipales, provinciales o nacionales,
b) equipamiento público de uso comunitario (uso social, educativo, de salud, cultural, deportivo, etc.),
c) espacios verdes,
d) uso industrial,
e) lotes con servicios para vivienda,
f) regularización de asentamientos.

   Políticas de financiamiento para facilitar el acceso a la vivienda
Destinar recursos del presupuesto provincial para generar una política de acceso a la vivienda a través de diferentes formas de financiamientos.

- Política crediticia para sectores medios
Otorgar Créditos Hipotecarios a través de:
· Asignación de un presupuesto provincial para el otorgamiento de créditos hipotecarios.
· Convenio con entidades financieras con asiento en la provincia para la gestión de otorgamiento y cobro de dichos créditos.
· La tasa de interés y los gastos administrativos deberán ser acordados con el Gobierno Provincial para que resulten de fácil acceso.
· El monto mensual de las cuotas no deberá superar el 25 % de los ingresos del grupo familiar.
· El monto del crédito será de un total de hasta $280.000 (70.000 dólares) y podrá representar el 100% de la vivienda a adquirir.
· El plazo de cancelación podrá ser de hasta 20 años, atendiendo a los ingresos del grupo familiar.
· Se podrá destinar a: compra de vivienda única o de lote con servicios único, refacción o ampliación de vivienda única, construcción de vivienda única y créditos para pago de contado de alquiler del monto total del contrato.
· El recupero mensual de cuotas permitirá aumentar la cantidad de créditos a otorgar, de manera que manteniendo la asignación presupuestaria, se podrán multiplicar los créditos otorgados.

- Promover la creación de Cooperativas de Vivienda
Se promoverá la formación de cooperativas de vivienda estableciendo mecanismos que faciliten su creación o fortalezcan las existentes, como: asesoramiento desde lo jurídico, legal, económico, financiero y técnico, exención de impuestos, tasas, sellados, etc.
Los socios de la cooperativa pueden optar por acceder al terreno y/o construir las viviendas por sus propios medios o a través de contratos con terceros.
De esta manera, además de facilitar el acceso a una solución habitacional, se promueve la solidaridad, principal sustento del cooperativismo.

Descentralización de los fondos del FONAVI
La descentralización mejora la transparencia y eficiencia en el manejo de los fondos. Proponemos transferir la administración de un porcentaje de los fondos que la Provincia recibe del FONAVI, a los municipios y comunas para:
- la construcción, refacción o terminación de viviendas,
- otorgamiento de dichos fondos a cooperativas de vivienda del lugar.
La distribución de los fondos deberá contemplar el déficit de acceso a la vivienda en función de la realidad social y del planeamiento urbano de la localidad (estableciendo un índice de carencias).

   Nuevo rol a la Escribanía General de Gobierno
Consideramos fundamental la intervención del Estado Provincial para garantizar la seguridad jurídica de la vivienda. La Escribanía debe cumplir el rol indelegable del Estado de asistir y contener a las personas que tienen menos recursos de una forma eficiente.
Proponemos el cambio del régimen legal actual, a una Escrituración social, por la cual la Escribanía General de Gobierno cumpla la función en forma descentralizada en el territorio de la provincia a través de los Municipios y comunas, garantizando gratuitamente el derecho a la seguridad jurídica de la vivienda (títulos de propiedad, constitución de bien de familia sobre la propiedad, etc.).

  Protección de Vivienda Unica, Familiar y Permanente
Proponemos la reforma del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe, instaurando un proceso de mediación judicial que procure evitar el remate de la vivienda en los casos de deudas originadas por deudas por créditos hipotecarios, créditos personales, tarjetas de crédito, etc..

  Exención de Impuesto de Sellos en contratos de alquiler
Reforma del artículo 183 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe para eximir del pago del impuesto de Sellos a los contratos de locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda.

  Garantías en Contratos de alquiler
Se generarán nuevos instrumentos que faciliten la obtención de garantías en contratos de alquiler, como ser fondos de garantías o seguros de contratos.
 
  Asentamientos irregulares
La actuación del estado debe garantizar el acceso a la tierra en forma segura en condiciones de legalidad, anticipándose a los procesos de ocupación, a la vez que debe mejorar las condiciones del hábitat en donde ya se encuentran asentadas las familias.
Al existir un Banco de Tierra, se contaría con una herramienta fundamental para mermar nuevas ocupaciones del suelo, anticipándonos al hecho, no posibilitando la formación de nuevos asentamientos que responden en un mayor porcentaje al crecimiento vegetativo de las familias que habitan las “viejas ocupaciones” (se trata de una población joven y en progresivo crecimiento que necesita de tierra para desarrollar su vida).

Se debe posibilitar el Acceso al Agua Potable y la Energía Eléctrica. Es indiscutible la relación directa entre medio ambiente y salud de la población, por esta razón, el estado debe invertir recursos para mejorar y optimizar las condiciones ambientales en los asentamientos, reduciendo las enfermedades de la pobreza a la vez de repercutir positivamente en la calidad de vida del entorno.

Ley de uso del Suelo
El suelo, además de un recurso económico es también un recurso natural, escaso y no renovable, por lo tanto para garantizar un proyecto social de uso más equitativo del territorio, el Estado debe intervenir en los procesos de desarrollo urbano a nivel provincial, municipal y comunal, esto implica elaborar un cuerpo jurídico normativo general:
- Garantizando una planificación del territorio conciliando el desarrollo económico, el medio ambiente sustentable, la equidad social y la integración físico espacial, disminuyendo la segregación y la exclusión tanto física como social.
- Previendo la formación de reservas de suelo para la progresiva expansión de las ciudades.
- Estableciendo la distribución equitativa de las cargas y beneficios de los procesos de urbanización.
- Evitando la especulación sobre el recurso suelo provocando áreas ineficientes, sustraídas de la ordenación urbana,
- Promoviendo el goce efectivo del derecho constitucional a la vivienda y a los servicios públicos domiciliarios.
- Reafirmando la función social de la ciudad y de la propiedad, propiciando la participación de todos los actores que intervienen en su construcción.

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